lunes, 24 de octubre de 2016

Lo que pudo haber sido PODEMOS y no fue: un ejemplo del ideario no nacionalista de la disidencia en los círculos




 

Enric Martínez Herrera es un disidente, para mí su lucha simboliza la imposibilidad de la existencia de una verdadera oposición de izquierdas en Cataluña y, al mismo tiempo, de una verdadera izquierda nacional española.  

Esta dificultad para constituir una izquierda auténticamente jacobina tiene sus causas hace mucho tiempo, tiene su explicación sencilla en la inversión del lema que apareció en la guerra civil "antes roja que rota":

"Antes rota que roja"....

Pero esto excede el caso concreto que quiere explicar esta entrada del blog:

"-¿Por qué dio el portazo en Podemos?

E.M.-Hace un año nos dimos cuenta de que en Podemos Cataluña habían metido a muchísimos nacionalistas en las estructuras del partido, que venían de Revuelta Global, una organización trotskista, pero sobre todo de ‘Procés Constituent’, el partido de la monja Teresa Forcades. Comprendimos que estaban dentro por un pacto. En diciembre de 2013 Pablo Iglesias se reunió con David Fernández, de la CUP, para intentar montar el partido en Cataluña, pero Fernández le dijo que no podía ser que estuvieran en Podemos. A principios de 2014 Iglesias se encontró con Teresa Forcades y acordaron que ‘Procés Constituent’ sería la columna vertebral de Podemos en Cataluña. Fue una decepción cuando lo descubrimos.
(...) es una estafa al electorado, un fraude, un engaño en toda regla. Un engaño a gente que cree que está votando a un partido de izquierdas en toda España y en realidad en sitios como Cataluña está apoyando a personas nacionalistas e incluso independentistas, como Lluís Rabell o Joan Giner. Prácticamente todos los diputados de Podemos son nacionalistas."

















De esta deriva en los círculos de Podemos hablaba Félix Ovejero en ese momento:

"Podemos se ha convertido en un centro de acogida y reciclaje de izquierdas nacionalistas. Partidos políticos agonizantes, junto con nacionalistas electoralmente estériles por su cuenta pero dispuestos a parasitar a cualquiera mientras puedan sembrar su mensaje, han vampirizado el proyecto. Una película que, en versiones menos aceleradas, ya hemos visto y cuyo final conocemos: una izquierda acobardada ante el delirio nacionalista, puramente reactiva, que solo sabe decir que no, a bulto y sin razones, y que oculta su falta de ideas con pirotecnia y efectismos. Basta con ver esa política gestera con los símbolos del Estado. Un uso patrimonial y arbitrario de las instituciones poco acorde con un ideal republicano tantas veces invocado. Pero eso es casi lo de menos. Lo peor es que para oponerse a quienes quieren acabar con el Estado del bienestar busquen la compañía de quienes quieren acabar —y lo proclaman— con el Estado, su condición de posibilidad."

Hace años fuí a una conferencia que daba junto a Thomas J. Miley en La Tecla Sala de Hospitalet donde explicaba, con datos de encuestas realizadas a lo largo de años de investigación, que esto de la idea de independencia no tenía nada de popular y era una ideología de la clase dominante en Cataluña.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Intentó crear una candidatura no nacionalista en Podemos, 

  Y lo siguiente que tuve notícia de Enric es que lo "purgaron de Podemos por rechazar el 'derecho a decidir' para Cataluña";

ni siquiera le dejaron presentarse y él los llevó a juicio.

Argumentó su posición en la Asamblea de Podemos con este documento:


"PODEMOS Acerca de la

"Inadecuada aplicación de la “desobediencia civil” al “derecho a decidir”


Ponencia sobre Principios Políticos de PODEMOS"

29 de septiembre de 2014 a la(s) 1:15

Acerca de la "Inadecuada aplicación de la“desobediencia civil” al “derecho a decidir”

Resumen (***)

- El denominado “derecho a decidir” es una invención reciente del nacionalismo conservador.

- Forma parte de una operación de la maquinaria propagandística del independentismo catalán.

- Sus impulsores admiten la inviabilidad jurídica de apelar al “derecho a la autodeterminación”, tal y como está recogido en el Derecho Internacional, para defender la independencia de Cataluña.

- El "derecho a decidir" es un "neologismo", como sus impulsores reconocen, para soslayar el Derecho Internacional y adaptarlo a las demandas del nacionalismo catalán, tratando, así, de legitimarlas jurídicamente.

- Su principal autor actúa, primero, como activista, montando una plataforma independentista para crear y promocionar un nuevo concepto a medida y, después, como “científico”, describiendo "la aparición" de un nuevo concepto como si fuera por "generación espontánea".

- A posteriori se procura una justificación jurídica para su tesis que les permita establecer la " las bases teóricas del derecho a decidir", y para ello apelan a una sentencia que no es aplicable al caso catalán.

- Plantean "propuestas de actuación" que prescriben a las organizaciones nacionalistas los pasos a seguir. Entre otras, destacan el "distinguir entre soberanismo e independentismo"; y "priorizar el elemento democrático sobre otras consideraciones”, centrando la atención en “la respuesta del Estado a las reclamaciones de un mejor encaje y más democracia”. Ambas son “trampas” con el fin de sumar capas de la sociedad al “proceso” y pretender que se trata de un proceso “democrático” al que se opone un Estado que no lo es.

- Esta es la estrategia que en los últimos dos años han seguido los partidos nacionalistas, la mayor parte delos medios de comunicación en Cataluña, Assemblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural. Estrategia que se nutre de fondos públicos y que enmascara su fin último: proseguir con la “construcción nacionalista catalana” que, en el peor de los casos, alcanzará mayores cotas de poder.

27 de octubre de 2014 


Enric Martínez, 
Elvira Moreno, 
Thomas J. Miley (al habla), 
Xavier Mingorance.











Resumen

En los últimos dos años ha triunfado en Cataluña el término “derecho a decidir”. Todas las organizaciones nacionalistas apelan a este “derecho” para reclamar la celebración de un referendo para la secesión de Cataluña.

En un informe-guía de la asociación Unescocat destinado organizaciones y medios de comunicación nacionalistas, uno de sus creadores y promotores reconocía hace tres años, que "no hay ninguna legalidad internacional que recoja explícitamente" el término.

"Para que ... se convierta en un nuevo referente en el análisis y la legitimación de las reivindicaciones en defensa de la creación de nuevos estados, hay que difundir el concepto y profundizar en sus implicaciones teóricas".

Indicaciones que se han cumplido al pie de la letra.

Frente a la visión nacionalista conservadora, aquí postulamos una interpretación acorde con el principio progresista de la libre determinación de los pueblos.

El borrador de ponencia también evalúa y propone una resolución sobre las propuestas de aplicar métodos de “desobediencia civil” para exigir la celebración del referéndum sobre la independencia de Cataluña impulsado por el Govern de la Generalitat de Cataluña.


Derecho a decidir como libre determinación de los pueblos

Una invención reciente

En los últimos dos años ha triunfado en Cataluña el término “derecho a decidir” (DaD).

 Todos los partidos y entidades nacionalistas apelan a este “derecho” para reclamar la celebración  de un referendo para la secesión de Cataluña. En un informe de la asociación Unescocat destinado a partidos, medios de comunicación y entidades nacionalistas, uno de sus creadores y promotores reconocía hace tres años, que "no hay ninguna legalidad internacional que recoja explícitamente" el término. "Para que ... se convierta en un nuevo referente en el análisis y la legitimación de las reivindicaciones en defensa de la creación de nuevos estados, hay que difundir el concepto y profundizar en sus implicaciones teóricas". Recomendaciones que se han cumplido al pie de la letra. 

¿Por qué para reclamar un derecho de autodeterminación de Cataluña era necesario inventar un nuevo término?

El término “derecho a decidir” queda recogido por primera vez con detalle en un informe publicado en noviembre de 2011 por la hoy extinta Unescocat (Asociación Centre Unesco de Catalunya), con título 

"Del derecho a la autodeterminación al derecho a decidir. 
Un posible cambio de paradigma en la reivindicación de los derechos de las naciones sin estado." 

Consciente de la inviabilidad jurídica de apelar al derecho a la autodeterminación, tal y como está recogido en los tratados de Derecho Internacional, el politólogo y conocido activista independentista Jaume López, propone en el informe una nueva táctica para promover la independencia de Cataluña: 

 el autor invita al nacionalismo catalán a recurrir a "un nuevo concepto", el citado"derecho a decidir". Este informe es fundamental para el estudio del desarrollo del término “derecho a decidir”, por lo que las referencias a él serán necesariamente continuas.

El derecho a la autodeterminación sólo es aplicable a las colonias.

Según la Carta de las Naciones Unidas (1945) y la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales (1960), el derecho a la autodeterminación solo es aplicable a "procesos de descolonización", principalmente puestos en marcha tras la Segunda Guerra Mundial. 

Además, la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas (1970), que ampara el derecho a "la libre determinación de los pueblos", deja muy claro que "todo intento de quebrantar parcial o totalmente la unidad nacional y la integri­dad territorial de un Estado o país o su independencia política es incompatible con los propósitos y principios de la Carta" de las NN.UU. 

"Así, cualquier reivindicación de una minoría territorial que no pertenezca a un imperio, ni haya sido colonia, se conceptualiza como un conflicto de unos ciudadanos con su Estado, fuera de los márgenes, por tanto, que presupone el derecho a la autodeterminación", reconoce el informe-guía.

A estos principios generales del derecho internacional el académico Allen Buchanan, que ha teorizado la secesión, agrega el de graves y persistentes violaciones de los derechos humanos por parte de un Estado hacia una minoría etnocultural, así como el de la previa anexión injusta de un Estado soberano por parte de otro.

La "aparición" del "derecho a decidir"

Además, el citado informe de Unescocat, basándose en postulados ideológicos liberales, considera que la creación de los nuevos estados tras la desaparición del bloque del Este tuvo el amparo del derecho internacional debido a que en esos países no había democracia liberal, más allá de apelar al derecho a la autodeterminación, así como, en el caso de la extinta Unión Soviética, el amparo del derecho interno a partir de una constitución confederal. 
Una situación que, dice, nada tiene que ver con la Cataluña actual.

Constatando esta realidad, el informe concluye que en los últimos años se ha producido 
"la aparición de un nuevo concepto, el derecho a decidir", que es el reflejo de una "nueva tendencia" causada porque "la concreción conceptual y política del derecho a la autodeterminación en un contexto liberal y burgués (no en una colonia o un sistema comunista) ha ido experimentando cambios de matiz, nuevos tratamientos, justificaciones e implicaciones que marcan nuevas pautas tanto en el ámbito normativo y argumental como estratégico y político". 

Se trata, por tanto, de un "neologismo" [un palabro que se han inventao], como el propio informe explicita, para soslayar el derecho internacional y adaptarlo a las demandas del nacionalismo catalán, persiguiendo, así, legitimarlas jurídicamente.

Un término"popularizado" por la Plataforma pel Dret de Decidir

El informe señala que la"reivindicación" de este "derecho a decidir" ha sido "especialmente relevante" y "protagonista" en Cataluña através "de las tres manifestaciones más masivas que se han producido desde 2006", organizadas o promovidas por la Plataforma pel Dret de Decidir (PDD), entidad que el autor considera "pieza clave para la popularización del término". 

La primera que reivindican es la manifestación “Som una nació, tenim el dret de decidir”, el 18 de febrer de 2006. 

Fijémonos en los nombres delas manifestaciones que se han convocado desde entonces, repitiendo el término derecho a decidir: 

“Campanya no a l’Estatut”, primavera de 2006; 
manifestación “Som una nació i tenim el dret de decidir sobre les nostres infraestructures”, 1 de diciembre de 2007; 
campaña “Decideixo decidir”, con más de 70.000 firmas recogidas, abril 2008-diciembre 2009; manifestación 11 de septiembre de 2008; 
colaboración con la manifestación “Deu mil a Brussel•les”, marzo de 2009; 
colaboración en la organización de la Consulta en Arenys de Munt, verano-otoño de 2009; 
Organización del acto en la Facultad de Historia de la UB sobre el “Dreta l’autodeterminació”, septiembre de 2009; 
Organización y convocatoria, junto a otras organizaciones, de la manifestación del 11 de septiembre de 2009; 
constitución, junto a otras organizaciones, de la Coordinadora Nacional de la Consulta sobre la Independencia, septiembre-octubre de 2009; 
Organización del acto de cierre de campaña de la primera ronde de consultas de la Coordinadora Nacional de la Consulta en el Fòrum de Barcelona, diciembre de 2010; impulso y colaboración en las “consultas” realizadas en 2009-2011. 























Parece que en 2009 el término cayó paulatinamente en en desuso y se redacta el informe de 2011 para relanzarlo.

Lo que el autor no explica en el informe es que él es socio fundador y expresidente de esa plataforma del DaD, que está indirectamente subvencionada por la Generalidad, a través de las cuotas de sus entidades asociadas directamente subvencionadas, entre los que destacan Acció Cultural del País Valencià, Plataforma Pro Seleccions Esportives Catalanes, Ciemen o Plataforma per la Llengua.

Así pues, y como si de una profecía autocumplida se tratase, el autor actúa, primero, como activista, dirigiendo una plataforma para crear y promocionar un nuevo concepto ad hoc (el "derecho a decidir") y, después, como científico, presentando"la aparición" de un nuevo concepto político como si fuera una"tendencia" espontánea en "los movimientos en defensa de las naciones sin Estado".

La búsqueda de una justificación a posteriori que avale la tesis

Aunque el informe admite que"no hay ninguna legalidad internacional que recoja explícitamente el derecho a decidir", trata de encontrar una justificación jurídica que permita establecer la "definición de las bases teóricas del derecho a decidir", y para ello apela a la sentencia del Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) de la Haya sobre la independencia de Kosovo, del año 2010.

Sin embargo, no tiene en cuenta que la referida sentencia sólo se aplica con carácter excepcional y por los motivos estrictos que en ella se incluyen, sin que quepa extrapolarlos a otros casos que requerirían de un examen individualizado y sin que en relación a la misma se den motivos equivalentes en Cataluña, en la cual no se produce persecución o discriminación sistemática contra los catalanoparlantes.

El informe también procura diferenciar entre derecho a la autodeterminación, que asocia a una reivindicación independentista, y el derecho a decidir, que considera "una reivindicación soberanista" que se basa "en un principio de radicalismo democrático". Esta es una de las “trampas” de la operación: aunque el objetivo último del mismo es la “independencia”, se viste de “soberanismo” para poder incluir a capas de la sociedad proclives al mismo, pero, que rechazan la primera, con la intención de sumarlos a un proceso que,una vez iniciado, sólo puede tener un resultado: la ruptura; un primer paso, en el peor de los casos, que ya conviene a los partidarios de la separación.

En noviembre de 2013 se presenta el "Col·lectiu Praga", donde medio centenar de profesores de Derecho en universidades catalanas persiguen promover el ejercicio del “derecho a decidir” de Cataluña y argumentar que es posible aplicarlo dentro de la Constitución. Algo similar ocurrió durante la tramitación y aprobación del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EAC), e incluso durante la pendencia del recurso de inconstitucionalidad de éste ante el Tribunal Constitucional: fueron numerosas las declaraciones, a título personal, partidista, asociativo y/o mediático, que aseguraban la “absoluta” constitucionalidad de aquel texto, las cuales provenían no sólo del nacionalismo oficial, sino, incluso, de destacados dirigentes del PSC.

Con todo, y de forma llamativa, en sus documentos fundacionales el Col·lectiu Praga no apela al Derecho Internacional para justificar ese supuesto "derecho a decidir", y no lo hace por un motivo bien sencillo: 

el derecho a decidir no es concepto jurídico reconocido, sino una invención ad hoc del nacionalismo catalán. 

Agustí Colomines, ex director de la Fundació Catdem (vinculada a Convergència Democràtica de Catalunya) y profesor de Historia Contemporánea en la Universidad de Barcelona. Así lo reconocía durante una tertulia en el canal de televisión local de Barcelona BTV:

    "Esto del derecho a decidir es una chorrada que nos inventamos para no decir lo que es: derecho a la autodeterminación, y punto pelota".


Las directrices para partidos, medios y entidades nacionalistas

Por último, el informe de 2011 plantea unas "propuestas de actuación" en las que marca a los partidos y entidades nacionalistas las líneas a seguir. 

Con este giro, desde ese momento pasa a segundo plano el argumento del “Espanya ens roba”, que había sido el aglutinante de independentistas, pues movilizaba a su alrededor una parte de la población que no lo había sido nunca, pero que al ser tan insolidario no acababa de seducir al electorado de la izquierda, corriendo el riesgo de acabar en fracaso como ocurrió en 2008 en el Departamento de SantaCruz de la República de Bolivia – con el mismo esquema en el que la comunidad rica se queja del “robo” por parte de la comunidad pobre.

 Una inteligente maniobra de la tradición conservadora del nacionalismo catalán, “noucentista”, magistralmente descrita por Joan Lluis Marfany en La cultura del catalanisme. 

Así, el informe indica que "para que el derecho a decidir se convierta en un nuevo referente en el análisis y la legitimación de las reivindicaciones [para] la creación de nuevos estados, hay que difundir el concepto y profundizar en sus implicaciones teóricas". Además, insta a "vincular el concepto con el discurso sobre la regeneración democrática"; "no convertirlo en ningún caso en sinónimo del derecho a la autodeterminación"; "distinguir entre soberanismo e independentismo"; y "priorizar el elemento democrático sobre otras consideraciones tomando como foco de atención destacada la respuesta del Estado a las reclamaciones de un mejor encaje y de más democracia”, ya que “no son las características de la pretendida nación sin Estado las que han de llevar la carga de la prueba en la justificación de las reivindicaciones, sino las características del Estado y sus carencias".

Esta es otra de las “trampas” de la operación, complementaria de la anteriormente señalada: al "priorizar el elemento democrático sobre otras consideraciones” se traslada al Estado la pelota y ante la opinión pública se vende que existen dos bandos enfrentados: “los demócratas”, partidarios del DaD; y “los que niegan la democracia” porque niegan el DaD y, así pues, el derecho de voto.

Como si de un guión se tratase, esta es la estrategia que en los últimos meses han implementado los partidos nacionalistas, la mayor parte de los medios de comunicación en Cataluña, y las organizaciones Òmnium Cultural y Assemblea Nacional Catalana (ANC). Una estrategia que se nutre, fundamentalmente, de fondos públicos y que enmascara, constantemente, la finalidad última de la operación: continuar en el camino de la “construcción nacionalista catalana”.




(***) Resumen:

-         El denominado “derecho a decidir” es una invención reciente del nacionalismo conservador.

-         Forma parte de una operación de la maquinaria propagandística del independentismo catalán.

-         Sus impulsores admiten la inviabilidad jurídica de apelar al “derecho a la autodeterminación”, tal y como está recogido en el Derecho Internacional, para defender la independencia de Cataluña.

-         El "derecho a decidir" es un "neologismo", como sus impulsores reconocen, para soslayar el Derecho Internacional y adaptarlo a las demandas del nacionalismo catalán, tratando, así, de legitimarlas jurídicamente.

-         Su principal autor actúa, primero, como activista, montando una plataforma independentista para crear y promocionar un nuevo concepto a medida y, después, como “científico”, describiendo "la aparición" de un nuevo concepto como si fuera por "generación espontánea".

-         A posteriori se procura una justificación jurídica para su tesis que les permita establecer la " las bases teóricas del derecho a decidir", y para ello apelan a una sentencia que no es aplicable al caso catalán.

-         Plantean "propuestas de actuación" que prescriben a las organizaciones nacionalistas los pasos a seguir. Entre otras, destacan el "distinguir entre soberanismo e independentismo"; y "priorizar el elemento democrático sobre otras consideraciones”, centrando la atención en “la respuesta del Estado a las reclamaciones de un mejor encaje y más democracia”. Ambas son “trampas” con el fin de sumar capas de la sociedad al “proceso” y pretender que se trata de un proceso “democrático” al que se opone un Estado que no lo es.

-         Esta es la estrategia que en los últimos dos años han seguido los partidos nacionalistas, la mayor parte delos medios de comunicación en Cataluña, Assemblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural. Estrategia que se nutre de fondos públicos y que enmascara su fin último: proseguir con la “construcción nacionalista catalana” que, en el peor de los casos, alcanzará mayores cotas de poder.



Propuesta de Resolución:

1. En nuestro Programa Electoral Colaborativo para las Elecciones Europeas dijimos

4.5 (inicio párrafo 2) Política de apoyo a la autodeterminación del Sáhara Occidental. Reconocimiento del Estado Palestino y exigencia de la devolución íntegra de los territorios ocupados por Israel.

En este sentido, ratificamos que PODEMOS aboga por el ejercicio del derecho a la libre determinación de los pueblos proclamado por la Carta de las Naciones Unidas, incluyendo, en una interpretación más amplia, además de pueblos colonizados, estados soberanos preexistentes que han padecido una previa anexión injusta por parte de otro Estado, así como minorías etnoculturales que sufren graves y persistentes violaciones de los derechos humanos por parte del Estado al que están sujetas.

2. En nuestro Programa Electoral Colaborativo para las Elecciones Europeas dijimos, también, en artículo único de una única frase (página 31 de 36):

5.7. Reconocimiento del derecho de los distintos pueblos de Europa a constituirse como tales y decidir democráticamente su futuro.

Asimismo, en otro artículo, dijimos:

4.4  (inicio párrafo 2) Defensa del derecho a decidir como un derecho democrático básico.Defensa de las identidades culturales de las naciones sin Estado y de las minorías culturales de la UE. Impulsaremos un marco que garantice el efectivo ejercicio de los derechos lingüísticos y la diversidad cultural de los pueblos.

Con ello queremos decir que abogamos por la democracia para todos los pueblos del continente europeo – evidentemente, sin ánimo exhaustivo ni exclusivo – para que pueden regir sus destinos sin someterse a imperialismos u otras formas de dominación extranjera y/o dotarse de gobiernos autónomos o incluso de estados soberanos cuando sean víctimas de dominación extranjera o diversas formas de persecución y/o abuso sistemático contra los derechos humanos en el seno del Estado del que históricamente han formado parte.

Fuentes:

Buchanan, Allen E. Secesión: causas y consecuencias del divorcio político (Barcelona: Ariel, 2013).

Carta de las Naciones Unidas

López Hernández, Jaume. “Del dret a l’autodeterminació al dret a decidir. Un possible canvi de paradigma en la reivindicació dels drets de les nacions sense estat”. Quaderns de Recerca, núm. 4 (Barcelona: Asociación Unescocat, 2011) (35 págs.)

Marfany, Joan Lluís. La cultura del catalanisme (Barcelona: Empúries, 1996).

Tercero, Alejandro. “El  ‘derecho a decidir’: una invención reciente del nacionalismo catalán”, Crónica Global (19/09/13).

Wikipedia. “Derecho de autodeterminación” y “Desobediencia civil”. No ha sido posible utilizar la Wikipedia para el denominado “derecho a decidir”, ni en su versión catalana ni en la española, dado que no existe esa entrada y los buscadores de Internet, como Google, reenvían a la entrada correspondiente  al “derecho a  la autodeterminación”.



Ponentes: Enric Martínez Herrera, Ángela Herrero, Antonio-F. Ordóñez, Thomas J. Miley, Miguel Ángel Cabrera Hidalgo.











1 comentario:

  1. ¡Gracias Sr. Harcore! Muy expresiva su caricatura con tono de quejío: ¡olé!

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